domingo, 30 de noviembre de 2014

defensas

mecanismos de defensa
Freud determinó los mecanismos de defensa, como las técnicas del inconsciente, encargadas de minimizar las consecuencias de eventos demasiado intenso, para que el individuo pueda continuar con sus funciones. Dichos mecanismos de defensa, permiten el mantenimiento del balance psicológico.
Los mecanismos de defensa, son mecanismos inconscientes que se encargan de minimizar las consecuencias de un evento demasiado intenso, para que el individuo pueda seguir funcionando normalmente.
El individuo está compuesto por una serie de fuerzas que deben mantenerse en equilibrio, como las características instintivas, las genéticas, los factores del desarrollo (medio ambiente, formación, experiencia). Una de las maneras de resguardar este equilibrio es mediante los mecanismos de defensa.
Entre los mecanismos de defensa se incluyen: la condensación, el desplazamiento, la disociación, la formación reactiva, la negación, la proyección, la racionalización, la represión, la sublimación, la regresión, el aislamiento.
Los mecanismos de defensa:
Sublimación:
El impulso se canaliza hacia una forma más aceptable, es derivada hacia un nuevo fin. Una pulsión sexual se sublima hacia una finalidad no sexual, apuntando a objetos valorados socialmente, como la actividad artística y la investigación intelectual. Por ejemplo, el deseo de un niño por la exhibición, puede sublimarse mediante una carrera en el teatro.
Represión:
Es el mecanismo por el cual el inconsciente borra eventos y pensamientos que serían dolorosos si se mantuvieran en el nivel conciente. Por ejemplo, el olvido del cumpleaños de un familiar fallecido.
Proyección:
Los sentimientos o ideas estresantes, son proyectados hacia otras personas u objetos cercanos.
Negación:
Es el mecanismo por el cual el sujeto trata aspectos evidentes de la realidad como si no existieran.
Introyección:
Es el mecanismo por el cual una persona incorpora elementos de la personalidad de otra.
Regresión:
Es un mecanismo que lleva a retomar el nivel de desarrollo anterior, más infantil. Por ejemplo, el comportamiento de los niños cuando nace un hermano (chuparse el dedo, orinarse, etc.).
Formación reactiva:
Detiene la aparición de un pensamiento doloroso, sustituyéndolo por otro más agradable.
Aislamiento:
Es un mecanismo por el cual se divorcian los recuerdos de los sentimientos, como manera de soportar los hechos.
Desplazamiento:
Es un mecanismo por el cual, se desprende un hecho o persona de los sentimientos asociados, y éstos son adjudicados a otro hecho o persona. Es lo que suele suceder con las personas que desquitan sus frustraciones con sus mascotas.
Condensación:
Es un mecanismo por el cual, elementos del inconsciente se reúnen en una sola imagen u objeto. Consiste en la concentración de varios significados en un único símbolo.
Racionalización:
Se sustituye una razón real que no es aceptable, por otra que resulte aceptable.
Resultado de los mecanismos de defensa:
Los mecanismos de defensa nos permiten mantener el balance psicológico.
Cuando estas técnicas no son suficientes, se experimentan desequilibrios como estrés y respuestas neuróticas como ansiedad y/o depresión, que frecuentemente son acompañadas por disfunciones biológicas, pérdida de sueño o apetito, enfermedades psicosomáticas como úlceras, etc. También pueden presentarse otras conductas más graves como el suicidio y los trastornos delirantes. Estos son mecanismos de defensa propios de trastornos como el delirio, la esquizofrenia, los trastornos de personalidad.

P.F. introducción

 ¿QUÉ ES LA PSICOLOGÍA FORENSE?
Forense proviene de la palabra foro, Lugar donde se reunían los ciudadanos para discutir sus problemas comunes, sus derechos. Muchas veces se contrataban oradores, para defender sus derechos. En la actualidad, el término forense designa, por reducción, a las disciplinas de las que se nutre la Justicia para su funcionamiento, incluídas autopsias, morgue, etc.
ACTIVIDAD DEL PSICÓLOGO FORENSE
La Psicología forense es una especialidad del campo de la Psicología. La psicología forense es entonces la intersección entre dos ciencias: la psicología y el derecho. Que si bien tratan el mismo objeto de estudio (la persona); sus enfoques y sus métodos son diferentes; ergo sus conclusiones también. Al describir a continuación estas diferencias, no sólo se alude al concepto de opuesto, sino también al concepto de complementario. La dialéctica entre lo opuesto y lo complementario dará conclusión necesaria para una praxis.
La psicología no puede juzgar, demandar o defender y el derecho no puede dar explicaciones a las motivaciones de la conducta. La psicología estudia la conducta iluminada por sus vivencias; el derecho tipifica una conducta estimada socialmente como delito. En psicología cuanto más inconsciente es la conducta, “más patológica será”, en derecho cuanto más inconsciente es la conducta, “más inimputable será”. Respecto al concepto de enfermedad previa: en psicología se explica la patología como “series complementarias”, la combinación de factores previos con un factor desencadenante; en derecho lo necesario es saber cuánto de esa patología (Ej.: stres postraumático), fue “previo al hecho ventilado en autos y/o cuanto posterior”. Para la psicología daño moral y daño psicológico son conceptos similares; para el derecho no. Para el derecho es importante debatir si la función de una multa es compensar en alguna manera a la víctima o castigar el delito, mientras que en psicología éste es un tema menor. Se trata de una “praxis que involucra dos vertientes: una práctica, en lo que hace a la respuesta puntual que se espera de la psicología cuando es interrogada desde el Todo Legal, es decir la pericia propiamente dicha, y una crítica en tanto reflexión, que involucra tanto al demandante cuanto al demandado”.... “de no existir tal dimensión crítica, quien ejerce lo hace en calidad de esclavo, por más eficacia y perfeccionamiento que exhiba en su tarea profesional”. (Dr. Mariano Castex)
Esta especialidad aporta su teoría y su técnica para colaborar dando su punto de vista sobre aquello que entra en conflicto en el campo de los intercambios entre las personas.
El profesional psicólogo tendrá como tarea, aportar en determinada litis, una opinión fundada, colaborando con el Juez en el dictado de sentencia y, a su vez, abordar problemáticas humanas desde una perspectiva diferente a la de la clínica tradicional. Ambas perspectivas, la jurídica y la psicológica, se verán plasmadas en el informe que se emite con motivo de una pericia psicológica.
El psicólogo podrá actuar en los distintos fueros de la Justicia, a saber: Civil (en sus variantes Familia, Patrimonial y Responsabilidad Civil de las personas), Laboral, de la Seguridad Social y Penal. Esta actividad requiere de una formación específica que permita un mutuo aprovechamiento del Derecho y la Psicología. Sin embargo, en muchas ocasiones se produce yuxtaposición o subordinación del ámbito psicológico al jurídico. Las diferencias de método, objeto de estudio y objetivos han sido utilizados para promover la idea de una convivencia imposible. Una postura superadora indica que, los puntos en común y las diferencias entre el Derecho y la Psicología son útiles para la investigación y construcción de interdisciplinariedad.
Lic. María Inés Petrovic
Psicóloga Perito