domingo, 30 de noviembre de 2014

P.F. introducción

 ¿QUÉ ES LA PSICOLOGÍA FORENSE?
Forense proviene de la palabra foro, Lugar donde se reunían los ciudadanos para discutir sus problemas comunes, sus derechos. Muchas veces se contrataban oradores, para defender sus derechos. En la actualidad, el término forense designa, por reducción, a las disciplinas de las que se nutre la Justicia para su funcionamiento, incluídas autopsias, morgue, etc.
ACTIVIDAD DEL PSICÓLOGO FORENSE
La Psicología forense es una especialidad del campo de la Psicología. La psicología forense es entonces la intersección entre dos ciencias: la psicología y el derecho. Que si bien tratan el mismo objeto de estudio (la persona); sus enfoques y sus métodos son diferentes; ergo sus conclusiones también. Al describir a continuación estas diferencias, no sólo se alude al concepto de opuesto, sino también al concepto de complementario. La dialéctica entre lo opuesto y lo complementario dará conclusión necesaria para una praxis.
La psicología no puede juzgar, demandar o defender y el derecho no puede dar explicaciones a las motivaciones de la conducta. La psicología estudia la conducta iluminada por sus vivencias; el derecho tipifica una conducta estimada socialmente como delito. En psicología cuanto más inconsciente es la conducta, “más patológica será”, en derecho cuanto más inconsciente es la conducta, “más inimputable será”. Respecto al concepto de enfermedad previa: en psicología se explica la patología como “series complementarias”, la combinación de factores previos con un factor desencadenante; en derecho lo necesario es saber cuánto de esa patología (Ej.: stres postraumático), fue “previo al hecho ventilado en autos y/o cuanto posterior”. Para la psicología daño moral y daño psicológico son conceptos similares; para el derecho no. Para el derecho es importante debatir si la función de una multa es compensar en alguna manera a la víctima o castigar el delito, mientras que en psicología éste es un tema menor. Se trata de una “praxis que involucra dos vertientes: una práctica, en lo que hace a la respuesta puntual que se espera de la psicología cuando es interrogada desde el Todo Legal, es decir la pericia propiamente dicha, y una crítica en tanto reflexión, que involucra tanto al demandante cuanto al demandado”.... “de no existir tal dimensión crítica, quien ejerce lo hace en calidad de esclavo, por más eficacia y perfeccionamiento que exhiba en su tarea profesional”. (Dr. Mariano Castex)
Esta especialidad aporta su teoría y su técnica para colaborar dando su punto de vista sobre aquello que entra en conflicto en el campo de los intercambios entre las personas.
El profesional psicólogo tendrá como tarea, aportar en determinada litis, una opinión fundada, colaborando con el Juez en el dictado de sentencia y, a su vez, abordar problemáticas humanas desde una perspectiva diferente a la de la clínica tradicional. Ambas perspectivas, la jurídica y la psicológica, se verán plasmadas en el informe que se emite con motivo de una pericia psicológica.
El psicólogo podrá actuar en los distintos fueros de la Justicia, a saber: Civil (en sus variantes Familia, Patrimonial y Responsabilidad Civil de las personas), Laboral, de la Seguridad Social y Penal. Esta actividad requiere de una formación específica que permita un mutuo aprovechamiento del Derecho y la Psicología. Sin embargo, en muchas ocasiones se produce yuxtaposición o subordinación del ámbito psicológico al jurídico. Las diferencias de método, objeto de estudio y objetivos han sido utilizados para promover la idea de una convivencia imposible. Una postura superadora indica que, los puntos en común y las diferencias entre el Derecho y la Psicología son útiles para la investigación y construcción de interdisciplinariedad.
Lic. María Inés Petrovic
Psicóloga Perito 

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