domingo, 14 de diciembre de 2014

analisis de caso T.B.

PERFIL DE PERSONALIDAD ( TED BUNDY)
Ø  COGNITIVO
§  Se hace mención de que el deseaba sentirse “normal”.
§  Existe frustración por perdida de su primer relación amorosa, estatus social, deseo de tener control sobre algo, desea que lo admiren.
Ø  AFECTIVO
§  Parece no tener problema con demostrar afecto con la finalidad de conseguir lo que desea.
§  Se siente con el derecho de asesinar.
§  Es muy narcisista
§  Estimulación sexual visual.
Ø  SOMATICO
§  dificultad para tener orgasmos en pareja.
Ø  INTERPERSONAL
§  Labilidad
§  Hijo ilegitimo
§  Egocentrista
§  Burlón
Ø  CONDUCTUAL
§  Impulsivo
§  No muestra remordimientos o arrepentimiento
§  Roba
§  Miente
§  Necrófilo.
§  Sadista

Evoluciona muy rápido, su  necesidad de asesinar va en aumento.








martes, 2 de diciembre de 2014

CLASE 3

APLICACIONES EN EL DERECHO PENITENCIARIO Y MENOR INFRACTORØ  ASESORÍAS POLÍTICAS PENITENCIARIAS.
§  Políticas dentro del penal para internos y personas que laboran.
Ø  PARTICIPAR EN CONSEJOS DE EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO PARA CLASIFICAR INTERNOS.
§  Evaluar peligrosidad y reincidencia.
§  Solicitar toxicológicos.
Ø  SUGERENCIAS SOBRE LAS MEDIDAS DE PREOCUPACIÓN O EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO ADECUADO PARA CADA CASO EN PARTICULAR.
Ø  EVALUAR EN CASOS DE PERMISOS PENITENCIARIOS.
Ø  SELECCIONAR Y CAPACITAR AL PERSONAL DE LAS CÁRCELES PENITENCIARIAS Y AL CENTRO DE RECLUSIÓN DE MENORES.
Ø  DISEÑO DE COMUNIDADES CARCELARIAS.
§  Estructura
§  Ambiente
Ø  DESARROLLAR PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL Y PREVENCIÓN DE BURNOUT EN LOS PROFESIONALES PENITENCIARIOS.
Ø  EMITIR LOS INFORMES TÉCNICOS DE LA ESPECIALIDAD SOLICITADOS POR EL JUEZ O POR EL FISCAL.
Ø  SEGUIMIENTO DE LAS INTERVENCIONES.
Ø  APLICAR TRATAMIENTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
§  Dirigido a internos
§  Tratamientos necesarios para la mejora del reo.
Ø  ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE PROGRAMAS EN MEDIO ABIERTO, CERRADO O MIXTO.
Ø  DISEÑAR Y APLICAR PROGRAMAS PARA PREVENIR EL ESTRÉS.
Ø  ASESORAMIENTO EN CUALQUIER PENITENCIARIA QUE GENERA EFECTOS PSICOLÓGICOS EN LOS INTERNOS.

APLICACIONES EN DERECHO LABORAL Y ADMINISTRATIVO
Ø  EVALUAR SECUELAS PSICOLÓGICAS Y NEUROPSICOLOGICAS POR ACCIDENTE DE TRABAJO O POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL.
Ø  ASESORAR SOBRE LA CAPACIDAD DE UN FUNCIONARIO PARA CONTINUAR EN LA CARRERA: MILITAR, POLICIAL O JUDICIAL Y SOBRE EL TIPO DE MEDIDAS RECOMENDADAS: COMO INCAPACIDAD.
§  En caso de necesitar terapia, que se le proporcione por parte de la institución.
Ø  SELECCIONAR Y CAPACITACIÓN DE SERVIDORES JUDICIALES.
§  Reclutamiento
§  Capacitación (lectura, escritura y amplitud de funciones)
·         Ejemplo: si no sabe leer el testigo policial, y un abogado lo sabe, le puede refutar sus conocimientos y por ende descartar su declaración.
 

lunes, 1 de diciembre de 2014

clase 2

 APLICACIONES QUE TIENE EL PSICÓLOGO FORENSE.

Ø  ÁMBITO LABORAL
Ø  ELABORAR PERFILES PSICOLÓGICOS EN BASE A EVIDENCIAS.
§  EJEMPLO: Caso mata viejitasØ  EVALUAR CREDIBILIDAD DE TESTIMONIO A TRAVÉS DE TÉCNICAS PSICOLÓGICAS COMO EL ANÁLISIS DE CONTENIDO BASADO EN CRITERIOS, LOS INDICADORES CONDUCTUALES DE LA MENTIRA COMO EL POLÍGRAFO.
Ø  ASESORAR Y CAPACITAR A POLICÍAS JUDICIALES EN TÉCNICAS DE ENTREVISTA: RECEPCIONAR, RECIBIR DECLARACIONES DE LA MENTIRA Y FALSAS CONFESIONES.
Ø  COLABORAR CON TÉCNICAS PSICOLÓGICAS DISEÑADAS PARA COADYUVAR A LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL.
Ø  CAPACITAR EN LA CONDUCCIÓN DE INTERROGATORIOS.
Ø  PERITAJE SOBRE PELIGROSIDAD Y REINCIDENCIA.
Ø  EVALUACIÓN PARA EL ABUSO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS Y SU RELACIÓN EN LA CONDUCTA CRIMINAL.
§  (INFLUENCIA DEL CONSUMO EN LOS ACTOS DELICTIVOS).§  EJEMPLO: SALES DE BAÑO, SOLVENTES, ETC.§  PERFIL DE ADICTO PARASUICIDA.
Ø  EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO DE ABUSO SEXUAL.
§  (VICTIMA-VICTIMARIO)
§  REALIDAD DISTORSIONADA.
Ø  DISEÑAR PROGRAMAS PARA FUTUROS TRASGRESORES.
§  VALORACIÓN.
§  ANÁLISIS.
§  DETECCIÓN.
Ø  ASESORAR EN TRIBUNALES A JUECES, JURADOS, ETC. SOBRE POSIBLES SESGOS DE DECISIONES JUDICIALES, TEMAS DE MEMORIA, DETECCIÓN DEL ENGAÑO, TESTIMONIO INFANTIL, CONFIANZA Y EXACTITUD DEL TESTIMONIO.
Ø  OFRECER ASISTENCIA PSICOLÓGICA, PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO A VICTIMAS Y AGRESORES, FUNCIONARIOS, POLICÍAS, ETC.
Ø  HABILIDAD DE TESTIFICAR EN JUICIOS VERBALES, CONOCIMIENTO DE TÉCNICAS APROPIADAS PARA PRESENTAR LOS RESULTADOS DE SU PERITAJE EL  LENGUAJE PSICO-LEGAL Y DE MANERA INIMPUGNABLE.
§  FUNDAMENTAR EL TRABAJO, ETC.

APLICACIÓN O FUNCIONES QUE TIENE EL PSICÓLOGO DENTRO DEL DERECHO CIVIL Y FAMILIAR.

Ø  EVALUAR PERSONAS QUE REALMENTE PADECEN TRASTORNOS MENTALES Y DEBEN PASAR POR PROCESOS CIVILES DE INTERDICCIÓN.
Ø  ASESORAR EN CASOS DE CAMBIO DE NOMBRE Y/O DE SEXO.
Ø  ASESORAR SOBRE LA ASIGNACIÓN DE CUSTODIA O TUTELA DEL LOS HIJO.
§  DETECCIÓN DEL ESTADO MENTAL DE LOS PROGENITORES Y/O CUSTODIOS.
Ø  ORIENTAR SOBRE EL RÉGIMEN DE VISITAS RECOMENDADO PARA EL CONYUGUE NO CUSTODIO EN CASO DE DIVORCIO.
Ø  EVALUAR LA IDONEIDAD DE LAS PAREJAS POSTULADAS COMO ADOPTANTES.
Ø  ACTUAR COMO MEDIADOR EN CONFLICTOS PRE O POSDIVORCIO Y DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCIÓN.
Ø  EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO DE MALTRATO INFANTIL.
Ø  DISEÑAR PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN DEL MALTRATO FAMILIAR: CONYUGAL E INFANTIL.
Ø  ASESORAR A LA AUDIENCIA EN PROCESOS DE CESACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD.


DICCIONARIO.

PERITO: Experto en ciencia, materia u oficio.
LENGUAJE  PSICOLEGAL:  Conjunto de términos y expresiones constituido por las normas jurídicas y principios que permiten regular un determinado comportamiento.
CESACIÓN: Acción y efecto de cesar: acción de acabar, terminar  o concluir.
INTERDICCIÓN: 
Situación jurídica de una persona que está total o parcialmente privada del goce o del ejercicio de sus derechos en virtud de la ley o de una decisión judicial.
INIMPUGNABLE: argumento que no se puede refutar o comprobar lo contrario.


domingo, 30 de noviembre de 2014

defensas

mecanismos de defensa
Freud determinó los mecanismos de defensa, como las técnicas del inconsciente, encargadas de minimizar las consecuencias de eventos demasiado intenso, para que el individuo pueda continuar con sus funciones. Dichos mecanismos de defensa, permiten el mantenimiento del balance psicológico.
Los mecanismos de defensa, son mecanismos inconscientes que se encargan de minimizar las consecuencias de un evento demasiado intenso, para que el individuo pueda seguir funcionando normalmente.
El individuo está compuesto por una serie de fuerzas que deben mantenerse en equilibrio, como las características instintivas, las genéticas, los factores del desarrollo (medio ambiente, formación, experiencia). Una de las maneras de resguardar este equilibrio es mediante los mecanismos de defensa.
Entre los mecanismos de defensa se incluyen: la condensación, el desplazamiento, la disociación, la formación reactiva, la negación, la proyección, la racionalización, la represión, la sublimación, la regresión, el aislamiento.
Los mecanismos de defensa:
Sublimación:
El impulso se canaliza hacia una forma más aceptable, es derivada hacia un nuevo fin. Una pulsión sexual se sublima hacia una finalidad no sexual, apuntando a objetos valorados socialmente, como la actividad artística y la investigación intelectual. Por ejemplo, el deseo de un niño por la exhibición, puede sublimarse mediante una carrera en el teatro.
Represión:
Es el mecanismo por el cual el inconsciente borra eventos y pensamientos que serían dolorosos si se mantuvieran en el nivel conciente. Por ejemplo, el olvido del cumpleaños de un familiar fallecido.
Proyección:
Los sentimientos o ideas estresantes, son proyectados hacia otras personas u objetos cercanos.
Negación:
Es el mecanismo por el cual el sujeto trata aspectos evidentes de la realidad como si no existieran.
Introyección:
Es el mecanismo por el cual una persona incorpora elementos de la personalidad de otra.
Regresión:
Es un mecanismo que lleva a retomar el nivel de desarrollo anterior, más infantil. Por ejemplo, el comportamiento de los niños cuando nace un hermano (chuparse el dedo, orinarse, etc.).
Formación reactiva:
Detiene la aparición de un pensamiento doloroso, sustituyéndolo por otro más agradable.
Aislamiento:
Es un mecanismo por el cual se divorcian los recuerdos de los sentimientos, como manera de soportar los hechos.
Desplazamiento:
Es un mecanismo por el cual, se desprende un hecho o persona de los sentimientos asociados, y éstos son adjudicados a otro hecho o persona. Es lo que suele suceder con las personas que desquitan sus frustraciones con sus mascotas.
Condensación:
Es un mecanismo por el cual, elementos del inconsciente se reúnen en una sola imagen u objeto. Consiste en la concentración de varios significados en un único símbolo.
Racionalización:
Se sustituye una razón real que no es aceptable, por otra que resulte aceptable.
Resultado de los mecanismos de defensa:
Los mecanismos de defensa nos permiten mantener el balance psicológico.
Cuando estas técnicas no son suficientes, se experimentan desequilibrios como estrés y respuestas neuróticas como ansiedad y/o depresión, que frecuentemente son acompañadas por disfunciones biológicas, pérdida de sueño o apetito, enfermedades psicosomáticas como úlceras, etc. También pueden presentarse otras conductas más graves como el suicidio y los trastornos delirantes. Estos son mecanismos de defensa propios de trastornos como el delirio, la esquizofrenia, los trastornos de personalidad.

P.F. introducción

 ¿QUÉ ES LA PSICOLOGÍA FORENSE?
Forense proviene de la palabra foro, Lugar donde se reunían los ciudadanos para discutir sus problemas comunes, sus derechos. Muchas veces se contrataban oradores, para defender sus derechos. En la actualidad, el término forense designa, por reducción, a las disciplinas de las que se nutre la Justicia para su funcionamiento, incluídas autopsias, morgue, etc.
ACTIVIDAD DEL PSICÓLOGO FORENSE
La Psicología forense es una especialidad del campo de la Psicología. La psicología forense es entonces la intersección entre dos ciencias: la psicología y el derecho. Que si bien tratan el mismo objeto de estudio (la persona); sus enfoques y sus métodos son diferentes; ergo sus conclusiones también. Al describir a continuación estas diferencias, no sólo se alude al concepto de opuesto, sino también al concepto de complementario. La dialéctica entre lo opuesto y lo complementario dará conclusión necesaria para una praxis.
La psicología no puede juzgar, demandar o defender y el derecho no puede dar explicaciones a las motivaciones de la conducta. La psicología estudia la conducta iluminada por sus vivencias; el derecho tipifica una conducta estimada socialmente como delito. En psicología cuanto más inconsciente es la conducta, “más patológica será”, en derecho cuanto más inconsciente es la conducta, “más inimputable será”. Respecto al concepto de enfermedad previa: en psicología se explica la patología como “series complementarias”, la combinación de factores previos con un factor desencadenante; en derecho lo necesario es saber cuánto de esa patología (Ej.: stres postraumático), fue “previo al hecho ventilado en autos y/o cuanto posterior”. Para la psicología daño moral y daño psicológico son conceptos similares; para el derecho no. Para el derecho es importante debatir si la función de una multa es compensar en alguna manera a la víctima o castigar el delito, mientras que en psicología éste es un tema menor. Se trata de una “praxis que involucra dos vertientes: una práctica, en lo que hace a la respuesta puntual que se espera de la psicología cuando es interrogada desde el Todo Legal, es decir la pericia propiamente dicha, y una crítica en tanto reflexión, que involucra tanto al demandante cuanto al demandado”.... “de no existir tal dimensión crítica, quien ejerce lo hace en calidad de esclavo, por más eficacia y perfeccionamiento que exhiba en su tarea profesional”. (Dr. Mariano Castex)
Esta especialidad aporta su teoría y su técnica para colaborar dando su punto de vista sobre aquello que entra en conflicto en el campo de los intercambios entre las personas.
El profesional psicólogo tendrá como tarea, aportar en determinada litis, una opinión fundada, colaborando con el Juez en el dictado de sentencia y, a su vez, abordar problemáticas humanas desde una perspectiva diferente a la de la clínica tradicional. Ambas perspectivas, la jurídica y la psicológica, se verán plasmadas en el informe que se emite con motivo de una pericia psicológica.
El psicólogo podrá actuar en los distintos fueros de la Justicia, a saber: Civil (en sus variantes Familia, Patrimonial y Responsabilidad Civil de las personas), Laboral, de la Seguridad Social y Penal. Esta actividad requiere de una formación específica que permita un mutuo aprovechamiento del Derecho y la Psicología. Sin embargo, en muchas ocasiones se produce yuxtaposición o subordinación del ámbito psicológico al jurídico. Las diferencias de método, objeto de estudio y objetivos han sido utilizados para promover la idea de una convivencia imposible. Una postura superadora indica que, los puntos en común y las diferencias entre el Derecho y la Psicología son útiles para la investigación y construcción de interdisciplinariedad.
Lic. María Inés Petrovic
Psicóloga Perito